Nueva Política Nacional de Convivencia escolar

El MINEDUC presentó la cuarta actualización de la Política Nacional de Convivencia Escolar. Contempla un Plan de Acción con ocho categorías que agrupan las medidas que los distintos actores del sistema educativo deben comenzar a implementar a partir de este año 2024. IMPUEDUC cuenta con una metodología que aborda este gran desafío de manera fluida, eficaz y con bajo impacto en las tareas cotidianas de la institución. Nuestra propuesta permite en concreto coordinar la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa, levantar y sistematizar información, actualizar y alinear los Reglamentos o Manuales de Convivencia en relación con esta nueva política, y asegurar una estrategia comunicacional y de difusión permanente.

¿está su colegio preparado para una fiscalización de la Superintendencia de Educación (SIE)?.

¿Qué ámbitos fiscaliza la SIE?.

Como parte del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, su función es fiscalizar, de conformidad a la ley, que los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones que dicte la Superintendencia, así como fiscalizar la legalidad del uso de los recursos de los establecimientos que reciban aporte estatal, con el fin de asegurar una educación de calidad, resguardando derechos, promoviendo el cumplimiento de deberes y garantizando igualdad de oportunidades para todos los niños, niñas y jóvenes de Chile, en establecimientos de educación parvularia, básica y media. En el cumplimiento de su función, presenta dos enfoques; de derechos y de Transparencia Financiera.

A. Enfoque de Derechos.

Modelo de fiscalización construido sobre la base de la protección de los derechos educacionales y bienes jurídicos que inciden en los distintos procesos que se despliegan al interior de los establecimientos educacionales, promoviendo mejores prácticas que apunten a la mejora continua de éstos, favoreciendo las acciones de subsanación, el análisis de causas que provocan los incumplimientos y recomendaciones pertinentes a los procedimientos consultados en la fiscalización. El modelo se sustente en cuatro fundamentos:

1. Reforma Educacional:
La Reforma Educacional, reconoce a la educación como un derecho social fundamental para el desarrollo del país y buscan mejorar la calidad del sistema educativo en sus distintos niveles. Este cambio de paradigma exige a la Superintendencia de Educación contar con un modelo de fiscalización que integre los principios y objetivos que orientan las últimas transformaciones legales en el ámbito educativo, como la Ley de Inclusión Escolar (2016) y la normativa que modifica la estructura institucional del nivel de Educación Parvularia.

2. Enfoque de Derecho:

El modelo de Fiscalización se orienta, en consecuencia, a la protección de los derechos educacionales, libertades fundamentales y bienes jurídicos educativos, entendiendo a estos últimos como aquellos valores o intereses que dan sentido a la normativa y suponen el objeto mismo de la legislación educacional. Representan un interés fundamental tanto para el desarrollo del proceso educativo, como para los integrantes de la comunidad.

3. Cobertura normativa:
Referente al conjunto de leyes, decretos, reglamentos, circulares e instrucciones aplicables en el ámbito educativo.
Para el desarrollo del nuevo modelo, la Superintendencia ha realizado una revisión exhaustiva de la normativa educacional vigente, organizando la información en una plataforma virtual Buscador Normativo (buscadornormativo.supereduc.cl) , con el propósito de generar un espacio abierto donde todos los ciudadanos tengan acceso al conocimiento de los derechos y bienes jurídicos de la comunidad educativa, y obligaciones que la normativa educacional vigente define para los establecimientos.

4. Mejora continua en los establecimientos:
Con esta nueva forma de fiscalizar, la Superintendencia busca impulsar prácticas y procesos de mejora continua que promuevan la calidad en los establecimientos educacionales, superando la percepción de la fiscalización como un proceso meramente sancionatorio, sino que, como una oportunidad de mejorar los procesos que desarrolla cada unidad educativa, beneficiando a los niños y niñas que participan de éstos.

B. Transferencia Financiera

La Superintendencia de Educación debe capturar un conjunto amplio de antecedentes administrativos y financieros asociados a los sostenedores, en particular aquellos relacionados con el uso de recursos públicos. La captura, procesamiento y disponibilidad de dicha información constituye un insumo indispensable para actividades de análisis y fiscalización. Todo este proceso se denomina Transparencia Financiera. En estas fiscalizaciones se encuentra diversos temas: Licitación de servicios ATE (https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2022/10/Infografia-ATE-fiscalizacion.pdf), la Declaración del Sostenedor, Procesos Declarativos, Rendición y Rectificación de Rendición de Cuentas, Fines Educativos, Cuentas Bancarias.

Criterios y Orientaciones dispuestos por la SIE.

A través de circulares, oficios, dictámenes y resoluciones la SIE ha dispuesto criterios y orientaciones en relación a la inclusión, situaciones de emergencia y catástrofes naturales, instalaciones eléctricas y de gas en establecimientos educacionales, documentos de respaldo de gastos ante una fiscalización, plan integral de seguridad, entre otros. Para mayor información, https://www.supereduc.cl/categoria-contenidos-de-interes/.

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